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Accidentes en el trabajo remoto: ¿cómo asegurarte?

06 de septiembre de 2021
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La licenciada Vivian Santiago Trinidad, de HR LAW Consultants, explicó a Microjuris cómo los patronos se pueden proteger ante accidentes en el trabajo remoto.

«Esto a mí me gusta explicarlo como una clase de derecho laboral 101. Vamos desde lo más básico y es que todos deben saber que patrono tiene un deber constitucional de proteger un lugar de trabajo libre de riesgos a la seguridad y a la salud de esos empleados. Eso está en el artículo 2, sección 16 de la Constitución. También, a nivel estatutario, la Ley 16 de Seguridad y Salud en el Trabajo. También a nivel federal, la Ley OSHA, por sus siglas en inglés», comenzó a explicar Santiago Trinidad en un aparte con Microjuris.

Escucha la entrevista completa.

La abogada puntualizó que cuando se habla del lugar de trabajo, también incluye la casa, el lugar donde la persona empleada realiza el trabajo. Claro está, debe haber un acuerdo que establezca que la persona empleada está realizando las funciones en el hogar.

Consejo #1

Lo primero que recomienda la licenciada Santiago Trinidad es que se establezca una política o un acuerdo de trabajo remoto. El documento debe establecer quién puede realizar trabajo remoto, cuáles son los deberes, cuáles son las expectativas y cuáles son las reglas.

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Consejo #2

Lo segundo es que el patrono debe evaluar son los riesgos en el hogar.

Aunque la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés) estableció que no inspeccionará hogares y que no requerirá que patronos lo hagan, «recuerde que estamos bregando con muchos asuntos de violencia doméstica y si yo tengo un empleado o una empleada que yo lo estoy dejando en la casa, donde hay una posible situación con un agresor o una agresora, patrono también tiene un deber bajo la Ley 217 por la política y el protocolo para atender asuntos de violencia doméstica», explicó la abogada

Por eso, la abogada recomienda una conversación inicial sobre los riesgos que puedan haber en el hogar, de cara a continuar o comenzar el trabajo remoto.

Consejo #3

Lo tercero es adiestrar.

Si se trata de una oficina, la abogada Santiago Trinidad recomendó que se grave un video que explique cómo debe estar la oficina del hogar que se usa para el trabajo remoto.

Por ejemplo, que explique cómo colocar la mesa, la silla, que se verifiquen los receptáculos, se verifique la ventilación, que no hayan cables cruzados y hasta quién es la persona contacto en caso de un accidente en el trabajo remoto.

También se puede proveer una lista de checkmarks con estos detalles.

Consejo #4

Lo cuarto es analizar caso a caso.

Bajo el contexto de OSHA y bien parecido a lo que sucede con la Corporación del Fondo del Seguro del Estado (CFSE), es importante analizar las diferencias entre cada caso.

Los accidentes asegurados son los que están relacionados al trabajo. Es decir, lo que sucede mientras se están realizando las funciones para las que se autorizó el trabajo remoto.

La licenciada propuso dos escenarios: si una persona empleada está colocando los papeles en la impresora para trabajar y se le caen en el dedo, y que una persona salga corriendo para contestar la llamada de su patrono y se tropiece con su gato.

El segundo escenario, según explicó la abogada, no estaría necesariamente relacionado con el trabajo. Pero se tiene que evaluar cada caso y todos sus detalles.

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Consejo #5

Lo quinto es actualizar las pólizas. 

Es bien importante, según enfatizó Santiago Trinidad, que se actualicen las pólizas del Fondo del Seguro del Estado, porque una persona empleada siempre puede ir al Hospital Industrial (el llamado hospital del Fondo) y recibir el tratamiento.

La diferencia es que una póliza actualizada puede cubrir el daño que sufra la persona empleada y el costo no recaerá completamente en el patrono.

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