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A prisión federal tras violento crimen de violencia conyugal

13 de marzo de 2023
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Por Daniel Rivera Vargas

El Tribunal de Apelaciones para el Primer Circuito en Boston confirmó la sentencia de un hombre a dos años de prisión federal tras cometer un violento incidente de violencia conyugal reportado imputado a nivel estatal.

En una opinión de 15 páginas, los jueces de circuito Howard, Thompson y William J. Kayatta explican que Wesley Portell Márquez cumplió poco más de tres años en prisión por un delito de posesión de armas, tras lo cual se encontraba en un periodo de libertad supervisada de tres años cuando fue acusado a nivel estatal de agredir a su pareja, una mujer embarazada a la que presuntamente le rompió el teléfono celular, la empujó y le dio un puño en el rostro.

Aunque Portell Márquez fue acusado a nivel estatal por estos hechos, el caso fue desestimado por infracciones a los requisitos estatales de juicio rápido.

Sin embargo, las alegaciones del incidente fueron suficiente para que se considerara que Portell Márquez violó las condiciones de su libertad supervisada, y el imputado «no debatió las violaciones a las condiciones una y dos, que eran que no podía cometer otro crimen, en este caso (una infracción) al artículo 3.2 de la Ley de Violencia Doméstica de Puerto Rico», por lo que en una vista de revocación lo que se discutió fue la extensión de la sentencia que se le debía imponer.

En estos procesos, hay redactados unas categorías de crímenes, y a base de esas categorías se recomiendan unas posibles sentencias. En este caso, el acusado dijo que se trataba de una infracción Categoría b, por la que la sentencia debía ser de entre 8 a 14 meses de cárcel, y solicitó que se considerara que este era su primer incidente de violencia conyugal y que el juez, si así desea, lo podía colocar en cursos de manejo de ira o de terapia de pareja.

Pero el juez Francisco A. Besosa determinó, orientado por el oficial probatorio, que se trataba de una infracción categoría A, que permite una sentencia de entre 18 a 24 meses de cárcel. Entonces, amparado en «los documentos del tribunal estatal» impuso la sentencia más severa para reflejar la seriedad de la ofensa, promover el respeto de la ley, proveer un justo castigo por la ofensa, entre otras.

En una primera apelación de Portell Márquez, la fiscalía federal reconoció que hubo un error en la categoría que se impuso, o que en realidad era categoría A en vez de B, por lo que Boston revocó al juez para que revisara la sentencia a base de la categoría B.

Sin embargo, cuando el caso regresó ante Besosa para una segunda vista de sentencia, el juez decidió por la sentencia máxima de la categoría B, de 14 meses, pero entonces le aplico otros 20 meses adicionales, para mantenerlo en los 24 meses que había ordenado antes de la primera revocación amparado en que las actuaciones de Portell Márquez reflejaban «completa falta de respeto por la ley, el debido proceso y las condiciones de libertad supervisada impuestas por esta corte», y además que «la sentencia original no cumplió el objetivo de castigo».

Portell Márquez apeló en parte porque el juez uso documentos estatales que, según él, estaban en español y por lo tanto en violación al requisito de la ley Jones de que en el tribunal federal de Puerto Rico todos los procesos y alegaciones deben verse en inglés.

Sin embargo, según el tribunal de Apelaciones, se trata de una impresión incorrecta del acusado porque lo que hizo el juez Besosa fue dejarse llevar por el informe del oficial probatorio, y por admisiones en corte abierta del acusado.

El tribunal apelativo dijo que a la hora de imponer una sentencia un juez de distrito puede dejarse llevar por evidencia que posea «suficiente indicio de confiabilidad de que ocurrió la conducta que provoca el arresto», y estos elementos surgen cuando un acusado admite unos hechos o no objeta el informe presentencia. En el caso de Portell Márquez hubo una admisión al oficial probatorio y que no impugno que se debatiera la presunta conducta en la vista de sentencia, resolvió el panel apelativo.

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