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7 asuntos que desconocías sobre el «Jones Act» de 1917

02 de marzo de 2023
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En Puerto Rico se conmemora el 2 de marzo de 1917, la fecha en que el presidente de Estados Unidos, Woodrow Wilson, firmó la Ley Jones-Shafroth. ¿Qué significa esta ley? ¿Cuál fue su alcance? Te contamos.

1. Ciudadanía americana

Esta ley otorgó a las personas nacidas en Puerto Rico la ciudadanía estadounidense. La ley extendió la ciudadanía a personas que hubiesen renunciado a ella o la hubiesen perdido en virtud de los tratados y/o leyes de los Estados Unidos o porque residían permanentemente en el extranjero y eran ciudadanos o «súbditos» de un país extranjero.

2. Extensión a mujeres casadas con personas extranjeras

La medida también disponía que «cualquier mujer, nativa de Puerto Rico y que resida permanentemente allí, que, antes del 2 de marzo de 1917, [que] hubiese perdido su nacionalidad americana por razón de su matrimonio con un extranjero elegible para la ciudadanía, o por razón de la pérdida de la ciudadanía de los Estados Unidos por su esposo, podrá ser naturalizada bajo las disposiciones de la sección 369 del título 8″.

3. Separación de poderes

La Ley Jones también separó los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo del gobierno de Puerto Rico, otorgó derechos civiles y creó una legislatura bicameral elegida localmente. Las dos cámaras eran un Senado compuesto por 19 miembros y una Cámara de Representantes de 39 miembros.

Sin embargo, la gobernación de Puerto Rico y la presidencia de Estados Unidos tenían poder para vetar cualquier ley aprobada por la Asamblea Legislativa. Además, el Congreso de los Estados Unidos tenía el poder de detener cualquier acción tomada por la Asamblea Legislativa en Puerto Rico. Estados Unidos mantenía el control sobre los asuntos fiscales y económicos y ejercía autoridad sobre los servicios de correo, inmigración, defensa y otros asuntos gubernamentales básicos.

4. Un nombre incorrecto que se corrigió más adelante

El título de la Ley Jones-Shafroth era «Una Ley para proveer un gobierno civil para Porto Rico, y para otros propósitos». Durante la ley, se refirieron al archipiélago como «Porto Rico».

Esto se enmendó el 17 de mayo de 1932 para aclarar que la isla designada como «Porto Rico» el 2 de marzo de 1917 sería conocida y designada como «Puerto Rico».

5. Se le suele confundir con el «Jones Act» de 1920

La Ley Jones de 5 de junio de 1920 impide a los buques de pabellón extranjero transportar mercancías entre las zonas contiguas de Estados Unidos y determinadas zonas no contiguas, como Puerto Rico, Hawai, Alaska y Guam.

La Ley Jones de 5 de junio de 1920 es distinta a la Ley Jones de 1917, que se conmemora en Puerto Rico por la ciudadanía americana.

6. Propiedad pública transferida

El Jones Act de 1917 sostuvo que «toda propiedad que pueda haber sido adquirida en Puerto Rico por los Estados Unidos en virtud de la cesión de España en el tratado de paz celebrado el 10 de diciembre de 1898, en cualesquiera puentes públicos, casas de caminos, poderes hidráulicos, carreteras, arroyos no navegables y los lechos de los mismos, aguas subterráneas, minas o minerales bajo la superficie de tierras privadas, toda propiedad que en el momento de la cesión perteneciera, bajo las leyes de España entonces vigentes, a las diversas juntas de obras portuarias de Puerto Rico, todas las costas portuarias, muelles, embarcaderos, terrenos ganados al mar, y todos los terrenos y edificios públicos no reservados por los Estados Unidos para fines públicos antes del 2 de marzo de 1917, quedan bajo el control del gobierno de Puerto Rico, para ser administrados en beneficio del pueblo de Puerto Rico».

7. Autoridad legislativa sobre municipios

La autoridad legislativa en Puerto Rico, según la Ley Jones de 1917, se extendería a todos los asuntos de carácter legislativo no inaplicables localmente, incluyendo el poder para crear, consolidar y reorganizar los municipios en la medida en que fuera necesario.

Además, se otorgó poder para alterar, enmendar, modificar o derogar cualquiera o todas las leyes y ordenanzas de cualquier carácter vigentes en Puerto Rico, municipio o distrito  al 2 de marzo de 1917, «en la medida en que dicha alteración, enmienda, modificación o derogación [fuera] compatible con las disposiciones» de la Ley Jones de 1917.

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