Tribunal ordena al Gobierno entregar información sobre muertes provocadas por huracán María

05 de junio de 2018
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Durante la mañana de hoy, la jueza superior Lauracelis Roqués Arroyo, resolvió a través de Sentencia, la demanda que presentara el Centro de Periodismo Investigativo (CPI), el pasado mes de febrero de 2018, contra el Registro Demográfico de Puerto Rico, y su directora Wanda Llovet Díaz, para que esa entidad gubernamental brindara información sobre las muertes ocurridas en la Isla tras el huracán María.

Lee la sentencia

En particular, el CPI le solicitó a la directora del Registro Demográfico la información en detalle sobre las defunciones registradas en Puerto Rico en 2017 en formato de base de datos completa, hasta la fecha más reciente entrada en el sistema del Registro Demográfico; los certificados de defunción emitidos en Puerto Rico desde el 18 de septiembre hasta el presente; las defunciones registradas, desglosadas por día y municipio; los permisos de enterramiento otorgados desde el 18 de septiembre; los permisos de cremación otorgados desde el 18 de septiembre; así como autorización para acceder la libreta manual en la que se registran los permisos otorgados a cada funerario y casa de cremación en cada una de las oficinas del Registro Demográfico.

El Estado tendrá 7 días para la entrega de información tanto para el CPI como al medio CNN.

Según anota la sentencia, el Tribunal debía determinar si el Estado había cumplido con la carga de probatoria de sustentar su posición de que no debía entregar la información por ser esta privilegiada y que por ende, no procedía el acceso a los certificados de defunción de personas fallecidas entre septiembre de 2017 y enero de 2018.

«Recibidos los memorandos de derechos presentados por las partes, este Tribunal determina que, en primer término, los certificados de defunción y la información adicional solicitada por los demandantes son de naturaleza pública y, en segundo término, el Estado no tiene un interés apremiante para justificar negar el acceso a éstos. Este Tribunal concluye que, con excepción de los números de seguro social, la información contenida en los certificados de defunción y la información adicional solicitada no es privilegiada. Por lo tanto, este Tribunal ordena que se permita el acceso a las partes demandantes a los certificados de defunción, por inclinarse la balanza a favor del derecho constitucional de acceso a la información», dicta la sentencia firmada por la jueza Roques Arroyo.

El Centro de Periodismo Investigativo (CPI) es una organización sin fines de lucro que se ha caracterizado por fiscalizar al gobierno y su gestión pública, litigar a favor de la transparencia y abordar temas relevantes a la crisis fiscal, económica y política del país con rigor y profundidad

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