Reglas e importancia del caso de candidatos de MVC y PD ante el Tribunal Supremo

09 de mayo de 2024
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Por Daniel Rivera Vargas

En decisión dividida, el Tribunal Supremo de Puerto Rico expidió esta semana un certiorari para evaluar la controversia sobre las candidaturas del Movimiento Victoria Ciudadana y Proyecto Dignidad.

El alto foro consolidó las dos peticiones de certiorari que recibió, una de candidatos del Partido Popular Democrático y otra de candidatos del Partido Nuevo Progresista, y pautó una vista oral para el próximo 23 de mayo a la 1:00 p.m.

Los jueces podrían confirmar la decisión previa del Tribunal de Apelaciones, permitiendo que aspiren en las próximas elecciones diversos candidatos, incluyendo a figuras destacadas como los incumbentes Rafael Bernabe Riefkohl y Mariana Nogales Molinelli, así como Ana Irma Rivera Lassén, la saliente senadora y aspirante a la comisaría residente en Washington por la iniciativa llamada Alianza, que une a MVC y al Partido Independentista Puertorriqueño. O, los jueces podrían revocar al foro apelativo, y darle la razón al juez del Tribunal de Primera Instancia, Anthony Cuevas, que falló en contra de estos candidatos por alegado incumplimiento con un requisito relacionado a endosos.

«La importancia de la acción del tribunal es que además de escuchar a las partes y atender la controversia tanto en lo sustantivo como en lo procesal en términos de ‘standing’, es muy importante que le dará certeza jurídica al asunto. Este es un asunto de alto interés público, electoral, importante para el proceso democrático en Puerto Rico. Que intervenga el Tribunal Supremo es favorable y positivo para el proceso electoral de Puerto Rico», dijo a Microjuris uno de los abogados del caso, Miguel Rodríguez Ramos.

Los tres jueces que se opusieron a la expedición del certiorari consolidado fueron la jueza presidenta Maite Oronoz Rodríguez, y los jueces asociados Luis Estrella Martínez y Ángel Colón Pérez, quienes adelantaron que ellos entienden que es correcta la decisión del Tribunal de Apelaciones que mantenía en la papeleta a los candidatos en controversia de los partidos emergentes.

«Proveería no ha lugar a los recursos de certiorari presentados por fundamentos distintos a los expresados por el Tribunal de Apelaciones,» expresó por escrito la jueza presidenta.

Por su parte, el juez Estrella Martínez expresó su deseo sobre lo que deben hacer la mayoría de sus compañeros del Supremo: «Espero cortésmente que se percaten del error de tomar la vía de vetar judicialmente la aparición de candidatos que, a todas luces, no tienen impedimento legal alguno para figurar en la papeleta de las elecciones generales. En caso de que ello no ocurra, valientemente expondremos las razones en Derecho de tan grave error histórico».

El juez Colón Pérez ve méritos en la acción del Tribunal de Apelaciones y en la del juez Cuevas de Primera Instancia pero entiende que fue «severo» el decidir por la descalificación de los candidatos, cuando había alternativas menos onerosas que le hubieran permitido a los candidatos figurar en la papeleta de 2024.

«Nos preocupa grandemente, y es nuestro deber así hacerlo constar, que, con la expedición de este recurso, una mayoría de mis compañeros de estrado se adentren en la delicada tarea de tratar de dejar fuera del espectro político del País, de golpe y porrazo, a una colectividad que, — a través del voto igual, directo, secreto y libre emitido por miles de puertorriqueños y puertorriqueñas en los comicios generales de 2020 –, ya se había ganado su espacio en el referido entorno. Ello, sin lugar a dudas, — y utilizando terminología de otra área del derecho sólo para fines ilustrativos –, constituirá un castigo cruel e inusitado a la democracia y a la voluntad política del Pueblo de Puerto Rico», dijo Colón Pérez.

Por su parte, el licenciado Rodríguez Ramos dijo que este caso también tiene la particularidad de que es la primera vez que una misma controversia es objeto de vistas orales en los tres foros: en el Tribunal de Primera Instancia, en el Tribunal de Apelaciones y ahora en el Tribunal Supremo.

«Es un hecho histórico. Eso es positivo para la transparencia del tribunal y de los procesos jurídicos. Ahora el Tribunal Supremo, motu proprio, ha querido tener una argumentación oral, el Tribunal Supremo rara vez celebra estas argumentaciones», sostuvo Rodríguez Ramos, uno de los representantes legales de la parte interventora y peticionaria ante el Supremo, representando a los candidatos del Partido Nuevo Progresista (PNP) como el representante por acumulación José «Pichy» Torres Zamora, la senadora por acumulación Keren Riquelme, y la aspirante a senadora por acumulación Leyda Cruz Berrios.

El licenciado también llamó la atención a que la vista se celebre a la 1:00 p.m., dando a entender que están en disposición de extenderse por muchas horas de ser necesario. Aunque hay muchos abogados en el caso, el Supremo estableció unas reglas que limitan la cantidad de abogados que van comparecer -solo puede ser uno por cada parte y deben anunciarse antes del 20 de mayo- y el tiempo que se supone dure el proceso: 10 minutos para la parte peticionaria; 20 minutos para preguntas y respuestas y cinco minutos adicionales en la réplica. Los mismos parámetros de tiempo se repiten para la parte recurrida.

Rodríguez Ramos dijo que aún no se ha decidido quiénes serían los abogados designados para resumir la posición de sus representados y contestarle a los jueces. Explicó que en el Tribunal de Apelaciones los designados fueron Frank Torres Viada, por el MVC, llevó la mayor parte de la argumentación, el licenciado Iván Rivera representó a los candidatos del Partido Popular Democrático, y Ramón Rosario a los del PNP.

«Es un caso sumamente importante por el impacto político que tiene... Estamos discutiendo un asunto legal, pero uno no puede abstraerse de la realidad política», añadió.

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