Publican nueva orden ejecutiva

28 de junio de 2020
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La gobernadora Wanda Vázquez Garced publicó la nueva Orden Ejecutiva 2020-048, que extenderá el toque de queda de 5:00 am a 10:00 pm hasta el 22 de julio de 2020.

La orden establece los parámetros para el comienzo de trabajos en el sector público y en el sistema de enseñanza público y privado.

Descargue la Orden Ejecutiva 2020-048

«Las medidas cautelares que serán obligatorias cumplir es el uso de mascarilla, bufanda o tela para cubrir en todo momento el área de la boca y la nariz, mantener un espacio mínimo de seis pies entre las personas al visitar un establecimiento, tienda, restaurante, cine u oficina, y evitar aglomeraciones innecesarias», adelantó la gobernadora en declaraciones escritas.

«De no cumplir con estas medidas cautelares, estarían incumpliendo con la orden, por lo que estarían sujetos a multas y penalidades establecidas», manifestó la primera ejecutiva.

La orden establecerá que los empleados de carrera del gobierno de Puerto Rico —que la autoridad nominadora determine necesarios en su plan de trabajo— deberán comenzar a laborar escalonadamente en sus respectivas agencias el 1 de julio.

Cada jefe de agencia deberá mantener todas las medidas de seguridad, salud y control de infecciones establecidas en el Plan de Manejo de Riesgos y Control de Exposición COVID-19.

Las agencias que ofrecen servicios a la ciudadanía podrán comenzar a recibir público en sus facilidades a partir del 6 de julio de 2020, tomando todas las medidas establecidas en el Plan de Manejo de Riesgos y Control de Exposición COVID-19.

Cada agencia de acuerdo a su particularidad, deberá notificar a los ciudadanos las condiciones para la atención y ofrecimiento de servicios.

Cada institución educativa elaborará un protocolo para COVID-19 conforme a las recomendaciones de los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés), el Departamento de Salud y las normas de la Administración de Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA, por sus siglas en inglés).

Se permitirá la apertura de los servicios educativos universitarios, cumpliendo con el parámetro de separación de seis pies de distancia, el uso obligatorio de mascarilla y el lavado frecuente de manos.

Las escuelas públicas y colegios privados, cuyo comienzo de clases está planificado para mediados de agosto, deberán prepararse y elaborar sus planes de trabajo para reabrir los planteles conforme a los parámetros de salud y seguridad para prevenir el contagio del virus.

Cada entidad educativa, incluyendo el Departamento de Educación, deberá presentar oportunamente sus planes de regreso a clases y la modalidad en que se ofrecerán sus cursos.

Cada entidad educativa deberá establecer actividades de comunicación y educación para la apertura con los maestros, padres y encargados sobre cómo serán los protocolos de protección para empleados y estudiantes.

Los estudiantes no podrán visitar los planteles por el momento.

Vázquez Garced indicó que la nueva orden permite —desde el 1 de julio de 2020— la venta de la lotería electrónica y la lotería tradicional, al igual que permite el servicio de transportación colectiva, conforme a las regulaciones establecidas por la Autoridad Metropolitana de Autobuses (AMA) y por el Tren Urbano.

Los cementerios podrán abrir al público, siempre y cuando cumplan con las medidas cautelares, las normas del distanciamiento social y el protocolo establecido por el Departamento de Salud.

Se prohíbe la entrada de menores de 12 años, tanto a funerarias como cementerios. El horario para todos los servicios funerarios será hasta las 8:00 pm.

Se permitirá, dentro de los horarios permitidos en el toque de queda, reanudar el entrenamiento deportivo y recreativo individual, colectivo o de equipo completo. A partir del 15 de julio de 2020 se permitirá, dentro de los horarios permitidos en el toque de queda, la reanudación de eventos deportivos únicamente de las ligas profesionales, con excepción de los deportes de contacto, como el boxeo.

Los casinos podrán abrir, siempre y cuando no excedan la ocupación máxima equivalente al 75% de la capacidad establecida en el código de edificación vigente en Puerto Rico.

Deberán cumplir con los protocolos y guías establecidas por la División de Juegos de Azar del CDC, el Departamento de Salud y OSHA.

La ocupación de los comercios y restaurantes se modificó para que sea hasta un 75% de ocupación, según la capacidad establecida en el código de edificación vigente.

Cada local comercial será responsable de cumplir con las medidas de seguridad y salud requeridas en los protocolos de reapertura, incluyendo pero no limitándose al uso de equipo de protección personal adecuado, cernimiento y distanciamiento social.

Se autoriza la apertura de venues para eventos y conciertos presenciales, cumpliendo con los estándares del CDC, el Departamento de Salud y las normas COVID-19 de OSHA, incluyendo el parámetro de separación de seis pies de distancia, el uso obligatorio de mascarilla, el lavado frecuente de manos y la desinfección del establecimiento diariamente.

Los productores serán responsables de seguir los planes de control de riesgo establecidos por los venues. Los que se utilicen para llevar a cabo eventos deportivos, deberán cumplir también con los detalles de protección que promulgue el Departamento de Recreación y Deportes.

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